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Guía · Trabajo

Cuánto se cobra de baja por enfermedad

Por David Gherman · Actualizado el 15 de octubre de 2026

Cuando un médico te da la baja, entras en incapacidad temporal. Durante ese tiempo no cobras tu sueldo normal, sino una prestación que depende del motivo de la baja y de cuántos días lleves.

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Baja por enfermedad común o accidente no laboral

Días de bajaQué cobrasQuién paga
Días 1 a 3Nada, salvo que tu convenio lo mejore—
Días 4 a 1560 % de la base reguladoraLa empresa
Días 16 a 2060 % de la base reguladoraSeguridad Social (normalmente a través de la empresa)
Desde el día 2175 % de la base reguladoraSeguridad Social (normalmente a través de la empresa)

Para cobrar la baja por enfermedad común necesitas haber cotizado al menos 180 días en los últimos 5 años.

Baja por accidente laboral o enfermedad profesional

Es más favorable: cobras el 75 % desde el día siguiente a la baja, y no se exige un periodo mínimo de cotización.

Qué es la base reguladora

Es, en general, tu base de cotización del mes anterior a la baja dividida entre los días de ese mes. La encontrarás en tu nómina como base de contingencias comunes. Si en tu nómina pone 1.800 €, tu base reguladora diaria es de 60 €.

Ejemplo: 30 días de baja por enfermedad común

TramoCálculoImporte
Días 1 a 300 €
Días 4 a 20 (17 días al 60 %)17 × 36 €612 €
Días 21 a 30 (10 días al 75 %)10 × 45 €450 €
Total bruto1.062 €

Frente a los 1.800 € que cobraría trabajando, la baja le supone unos 740 € menos ese mes.

Mira tu convenio

Muchos convenios colectivos obligan a la empresa a complementar la prestación hasta el 100 % del salario, a veces desde el primer día. Es lo primero que conviene comprobar.

Otras cosas que debes saber

  • La baja dura como máximo 365 días, prorrogables 180 más si se prevé el alta.
  • Durante la baja sigues de alta en la empresa y sigues generando vacaciones.
  • Desde 2023, los partes de baja y alta los envía el médico directamente a la Seguridad Social; ya no tienes que entregarlos tú a la empresa.

Guía informativa. Si tienes dudas sobre tu prestación, consulta con la Seguridad Social o con un graduado social.

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