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Guía · Trabajo

Despido improcedente u objetivo: qué te corresponde

Por David Gherman · Actualizado el 15 de octubre de 2026

No todos los despidos se pagan igual. La indemnización depende de por qué te despiden y de si el despido es correcto según la ley. Estos son los casos principales en España.

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Los tipos de despido

  • Despido objetivo: la empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o motivos como la ineptitud sobrevenida. Te corresponden 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades, y la empresa debe avisarte con 15 días de antelación (o pagarte esos días).
  • Despido disciplinario: la empresa alega un incumplimiento grave por tu parte. Si el despido es procedente, no hay indemnización.
  • Despido improcedente: cuando un juez (o la propia empresa, al reconocerlo) declara que el despido no está justificado o no se hizo bien. La empresa elige entre readmitirte o pagarte 33 días por año, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Despido nulo: cuando vulnera derechos fundamentales (por ejemplo, por embarazo o discriminación). La consecuencia es la readmisión obligatoria y el pago de los salarios que dejaste de cobrar.
  • Fin de contrato temporal: no es un despido, pero da derecho a 12 días por año trabajado.

Si empezaste a trabajar antes de 2012

La reforma laboral de febrero de 2012 bajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo trabajado hasta esa fecha se sigue pagando a 45 días por año, y el posterior a 33. En ese caso el tope general es de 720 días de salario, salvo que el tramo anterior a 2012 ya supere esa cifra (con un máximo de 42 mensualidades).

Cómo se calcula

La fórmula es: salario diario × días por año × años trabajados. El salario diario es el salario bruto anual (con pagas extra) dividido entre 365. Los periodos de menos de un año se prorratean por meses.

Ejemplos

Carlos entró el 1 de marzo de 2019, cobra 24.000 € brutos al año y le despiden el 15 de octubre de 2026 (7 años y 8 meses de antigüedad computada).

Tipo de despidoDías de indemnizaciónIndemnización
Objetivo (20 días/año)153,3310.082,19 €
Improcedente (33 días/año)253,0016.635,62 €

La diferencia entre que un despido objetivo se declare improcedente o no es de más de 6.500 €. Por eso merece la pena revisar bien la carta de despido.

Otro caso: Marta entró el 10 de enero de 2008, cobra 30.000 € al año y la despiden de forma improcedente el 15 de octubre de 2026. Le corresponden 187,50 días por el tramo anterior a 2012 y 486,75 por el posterior: 674,25 días, unos 55.418 €.

Plazos: no te despistes

Si no estás de acuerdo con el despido, tienes 20 días hábiles desde el día siguiente al despido para impugnarlo. Es un plazo muy corto y no se amplía. El primer paso es presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación de tu comunidad autónoma. Si no hay acuerdo, se presenta la demanda en el juzgado de lo social.

¿Tributa la indemnización?

La indemnización que marca la ley está exenta de IRPF, con un límite de 180.000 €. Lo que la empresa te pague por encima del mínimo legal sí tributa.

Guía informativa. Ante un despido, consulta cuanto antes con un abogado laboralista, un graduado social o tu sindicato, sobre todo por el plazo de 20 días.

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