Pagas extra: cuándo se cobran y cómo se calculan
Las pagas extraordinarias son una parte de tu sueldo que se cobra aparte de la nómina mensual. No son un regalo de la empresa: forman parte de tu salario anual.
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El Estatuto de los Trabajadores (artículo 31) garantiza al menos dos pagas extra al año: una en Navidad y otra en la fecha que fije el convenio colectivo, que suele ser junio o julio. Algunos convenios añaden una tercera, por ejemplo en marzo.
De cuánto son
El importe lo fija el convenio. Lo más habitual es que cada paga equivalga a una mensualidad del salario base más algunos complementos, como la antigüedad. Por eso no siempre coinciden exactamente con tu nómina mensual.
Cuándo se generan
Cada paga se va generando poco a poco durante un periodo de devengo. Lo más habitual, si el convenio no dice otra cosa, es:
- Paga de Navidad: se genera del 1 de enero al 31 de diciembre.
- Paga de verano: se genera del 1 de julio al 30 de junio.
Si no has trabajado el periodo completo
Cobras la parte proporcional. Si empezaste a trabajar el 1 de septiembre y tu paga de Navidad es de 1.600 €, en diciembre cobrarás la parte de septiembre a diciembre: 1.600 × 122 ÷ 365 = 534,79 €.
Lo mismo pasa al revés: si dejas la empresa, la parte generada y no cobrada entra en tu finiquito.
Pagas prorrateadas
Si tu empresa prorratea las pagas, divide su importe entre 12 y lo suma a cada nómina. Cobras lo mismo al año, pero repartido. Tiene una ventaja (nóminas más altas y estables) y un inconveniente: no tienes esos ingresos extra en verano y Navidad, que mucha gente usa para gastos grandes.
¿Se pueden quitar?
No. El mínimo de dos pagas al año es un derecho legal. Lo que sí puede pactarse en convenio es prorratearlas o fijar su importe y sus fechas.
Guía informativa. Revisa tu convenio colectivo para conocer el importe y las fechas exactas de tus pagas.
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